INFORME HISTORICO: LA HERMANDAD DE NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO DE BURGUILLOS Y LA DEVOCION ROSARIANA DURANTE LOS SIGLOS XVI, XVII Y XVIII

ATENCIÓN: Este artículo es una transcripción literal del Estudio realizado por el historiador, D. Salvador Hernández González. Puedes descargar el texto original a través de este enlace.

La devoción a la advocación de Nuestra Señora del Rosario cuenta en Burguillos con largos siglos de historia, dejándonos como herencia un intenso sentir religioso que va pasando de generación en generación, encadenando de este modo no sólo el pasado con el presente, sino también con el futuro, poniéndonos en las puertas de la coronación canónica de nuestra Patrona, acontecimiento que sin duda marcará un antes y un después en el devenir de la devoción rosariana en nuestro pueblo.

Las noticias documentales reunidas hasta el presente nos dibujan una larga trayectoria en el culto a la Santísima Virgen del Rosario que se pierde en la nebulosa de los propios orígenes de la localidad, convirtiendo a nuestro pueblo en uno de los más adelantados en la expansión de esta advocación mariana. Así lo revelan las últimas investigaciones, que han adelantado las fechas que hasta ahora se venían manejando como de fundación de la Hermandad y por ende de origen de la devoción rosariana. El cúmulo de documentación dispersa en el Archivo Histórico Provincial de Sevilla (sección de Protocolos Notariales), Archivo General del Arzobispado de Sevilla (fondos de la Catedral y del Arzobispado), Archivo Parroquial de Burguillos y el propio Archivo de la Hermandad de Nuestra Señora del Rosario permiten trazar las líneas maestras de la historia de la corporación y la evolución de la devoción con todos sus avatares en función de las circunstancias de los tiempos. Así pues, en apretada síntesis planteamos una visión panorámica y sintética del desarrollo del culto rosariano en Burguillos a lo largo de la Edad Moderna, en función de los datos disponibles.

LOS ORIGENES: NOTICIAS DEL SIGLO XVI

Como es sabido, la devoción al Santo Rosario, fomentada y tutelada como es sabido por la Orden de Santo Domingo, se remonta, según la tradición, al propio fundador de los dominicos, en el siglo XIII. A lo largo de la Baja Edad Media se va consolidando esta práctica piadosa, aprobada para la Iglesia universal por Bula de 12 de mayo de 1479 de Sixto IV, al tiempo que el Maestro General de la Orden de Predicadores concede licencias para la extensión de su rezo, de tal forma que a la entrada del siglo XVI la devoción del Rosario era difundida por el Antiguo y el Nuevo Mundo. Después de la victoria de Lepanto, el 7 de octubre de 1571, atribuida al fervor mariano de la oración de tantos cofrades del Rosario unidos, el Papa Pío V hizo esta devoción más universal y robustecida1.

Para consolidar y extender la devoción rosariana surgirán a partir del siglo XV hermandades bajo su advocación, impulsadas por los dominicos. En este sentido, el Papa Pío V, miembro de la orden de Santo Domingo, declaró el 29 de junio de 1569 que únicamente le era lícito erigir hermandades del Rosario al Maestro General de la Orden de Predicadores y a las personas por él delegadas. Estas piadosas corporaciones promovían el culto de la Santísima Virgen con el rezo del rosario, el adorno de sus altares, las procesiones de cada primer domingo de mes y otros actos devocionales.

En Sevilla consta que hacia 1481 se instituye una cofradía del Rosario en el Real Convento de San Pablo (hoy parroquia de Santa María Magdalena), a partir de la cual – considerada como la primitiva – las hermandades rosarianas se multiplicarán por el casco urbano de la ciudad, adoptando este título mariano tanto hermandades de gloria como penitenciales, caso de la de Montesión. Al auge de estas corporaciones letíficas va a contribuir además el fenómeno de los Rosarios públicos, cuyo origen, hacia 1690, se vincula a la actividad del dominico Fray Pedro de Santa María y Ulloa, apóstol del Rosario, alcanzando especial difusión durante el siglo XVIII2.

Aunque hasta hace pocos años se daba como fecha fundacional la de 1696 y en razón de ello se celebra un denso programa de actos para celebrar el que se consideraba IV Centenario Fundacional, los avances de la investigación histórica han ido retrasando la fecha de fundación de la Hermandad de Nuestra Señora del Rosario hasta al menos los años centrales del siglo XVI.

En efecto, los listados para el pago del Subsidio y Excusado, conservados en los fondos del Archivo de la Catedral de Sevilla, adquieren un gran valor estadístico al revelarnos la existencia de la Hermandad desde el comedio del Quinientos y su permanencia a lo largo de los siglos XVII y XVIII. En este sentido, estos libros constituyen un auténtico catastro de la Diócesis sevillana a lo largo de la Edad Moderna, ya que su cronología se extiende desde las postrimerías del siglo XV hasta los comienzos del siglo XIX. La elaboración de estos libros – cuyo número asciende a varias decenas – viene motivada por fines puramente hacendísticos, en este caso la recaudación del importe de uno de los impuestos con los que la Iglesia española contribuía a la Corona española: el subsidio. Tal impuesto era una contribución a favor del rey que se imponía sobre las rentas de los beneficios eclesiásticos, con el fin de conseguir fondos para financiar la guerra contra los enemigos de la cristiandad, repartiéndose su importe entre las diferentes instituciones eclesiásticas y a cuyo pago no eran ajenas, por su propia naturaleza, las cofradías.

De esta forma, estos listados, escalonados en el tiempo, constituyen una fuente de gran importancia para la historia eclesiástica local al reflejarnos la estadística de las hermandades y cofradías existentes en un momento dado.

Para el caso de Burguillos los datos que hemos podido reunir se extienden desde mediados del siglo XVI hasta los años centrales del XVIII3. Aunque los listados se limitan en cada libro a recoger el nombre de la cofradía y la cantidad que pagaba en concepto de subsidio, al escalonarse en el tiempo permite rastrear, a través de la presencia o ausencia de la hermandad en cuestión, los periodos de actividad o por el contrario la crisis de la misma. En otras palabras, si una determinada hermandad figura en tal o cual año pagando el subsidio será signo de actividad, mientras que si por el contrario no aparece sería indicio de su desaparición.

En estos libros registro figura como hemos dicho desde mediados del siglo XVI una cofradía «de Nuestra Señora» que debe identificarse con la del Rosario, apoyándonos no sólo en el peso devocional de la imagen de la Patrona de Burguillos, sino también en la larga franja de años de actividad de la corporación, en los que se incluyen las fechas que ya teníamos documentadas como de existencia segura de la hermandad. Así figura abonando el impuesto del subsidio en los años 1552 – 1554, 1558, 1567 – 1568, 1575 – 1584, 1591 – 1593, 1597 – 1606, 1611 – 1618, 1623 – 1657, 1662 – 1677 y 1679 – 1706. La presencia de esta hermandad desde mediados del Quinientos retrotrae aun más sus orígenes, que hasta hace algunos años se venían fijando en torno a 1696. A partir de 1707 entró en una fase de declive que debió motivar su baja de las listas de pago, eliminándose oficialmente del listado a partir de dicho año. No obstante, sabemos por otras fuentes, como los informes de los libros de Visitas Pastorales, y los propios libros de cuentas de la Hermandad que recuperó su actividad en el resto del siglo XVIII.

LA CONSOLIDACION: EL SIGLO XVII

Aunque la hermandad de Nuestra Señora del Rosario aparece fijada en la documentación contable del Cabildo Catedralicio sevillano, su actividad corporativa ha dejado sus primeras huellas en las noticias históricas que proporcionan las escrituras notariales de Burguillos, conservadas en el Archivo Histórico Provincial de Sevilla. En esta documentación de los protocolos notariales se ha ido recogiendo la vida de la localidad durante los siglos pasados, al consignarse en estos papeles la actividad de nuestros antepasados, que comparecen ante el escribano público para realizar actos tan variados como testamentos, cartas de dote, compraventa y arrendamiento de casas, tierras, huertas, ganados, etc., transmitiéndonos en definitiva el pulso de la Historia local.

Un aspecto tan importante de la vida del ser humano como la religiosidad no podía por menos que aflorar también en esta documentación.

Las relaciones del pueblo con la Iglesia asoman en estos protocolos notariales, aportándonos datos sobre nuestra parroquia, el clero local y las hermandades. Por ello era de esperar que entre las amarillentas y carcomidas hojas de estas escrituras aparecen recogidas las más antiguas menciones de la imagen de nuestra bendita Patrona y de la existencia de su Hermandad, indicios bien claros de los arranques de la devoción rosariana en nuestra localidad.

Y así es. La mención más antigua de la imagen de la Señora data de 1642. cuando el 17 de octubre de dicho año Gregorio Valero, Mayordomo saliente de la Parroquia, entrega a su sucesor en el cargo, Gregorio Martín, el inventario de bienes del templo, se recoge en el mismo una relación de las prendas y ornamentos que integraban el ajuar de la Virgen del Rosario, documento que por su trascendencia e interés transcribimos íntegramente4:

«Dos coronas de plata, una de la Virgen Santísima y otra del Niño Jesús.

Un vestido de lama (sic) azul con puntas de oro alrededor de Nuestra Señora.

Una saya de terciopelo negro usada.

Otro vestido de damasquillo de la China amarillo.

Otro vestido de chamelote largueado (sic) con pasamanos que dio Doña Juana de Cárcamo.

Una saya de raso rosada, guarnición de oro y plata.

Otras saya de damasco leonado (…).

Un vestido de terciopelo negro.

Un manto de tafetán blanco y unas mangas (?) de telilla blanca y una ropa muy vieja de lanilla negra.

Un manto negro de requemado.

Una gorrita del Niño Jesús azul de tafetán, un rostro (?) de juelas (sic) y otro de coyuelas colorados.

Ítem una escofia de la imagen y dos tocas, una de gasa y otra de lino.

Ítem un vestido de damasco blanco con un manto de tafetán azul y otro de velillo, y una saya de raso morado.

Ítem cuatro vaqueros del Niño Jesús, el uno de tafetán blanco con gollillo (?) de plata, otro de telilla forrado en tafetán amarillo y otro de tabi (sic) rosada con pasamano falso, otro de tafetán azul y un faldillinito de lo mismo, y unas calzas de seda verde del Niño Jesús, y una camisa del Niño con puntas de pita y encaje y una balona de puntas de pita.

Y otro vaquero de chamelote rosado y otro de embutido pajizo rozado.
Unas mangas moradas de la imagen.»

Sorprende la variedad y riqueza del vestuario con que antaño aparecía la Virgen del Rosario ante sus devotos, pero hay que tener en cuenta que ya en el siglo XVI se pone de moda el vestir a las imágenes de María, costumbre que se establece durante el siglo XVII, continúa durante los siglos siguientes y llega hasta nuestros días perfectamente conservada. Los devotos querían de este modo embellecer a la Virgen y vestirla como una reina, con bordados, mantos y joyas5. La indumentaria, de ricas telas, patentizaba de este modo la afición realista española a interpretar «a lo divino» las galas de las mujeres de la época.

De esta forma, las imágenes de gloria se asemejaban en su vestido a las damas de la Corte, vistiendo de una forma absolutamente profana, haciendo que la Virgen se pareciese a una mujer bella y rica de su tiempo6.

Dados los cambios en la forma de vestir a las imágenes, poco tiene que ver la estética de nuestros días con la de los siglos XVII y XVIII, por lo que nos quedaríamos sorprendidos si nos hubiera llegado algún testimonio gráfico de cómo aparecía nuestra Patrona en aquellas centurias. La riqueza y aparatosidad de vestuario y aderezos hace muy difícil explicarnos la colocación y función de muchas de las prendas que llevaba nuestra Virgen del Rosario en aquellos lejanos años del siglo XVII, aspecto que habría que estudiar comparando con grabados antiguos, dibujos y las pocas imágenes que todavía visten de esa manera tan barroquista, como la Virgen del Rocío o la de Guadalupe en Extremadura. Leyendo el inventario atrás transcrito, queda clara la función de prendas como la saya y el manto, todavía usados en nuestro tiempo, pero más problemático es identificar sus materiales, con telas en desuso como «lama», «damasquillo de la China», «chamelote» o «requemado», para cuya descripción habría que echar mano de diccionarios de aquellos siglos, como el de Autoridades o el de Sebastián de Covarrubias. El mismo problema se presenta con la indumentaria del Niño Jesús, aunque por la mención de prendas como el «vaquerito» o las «calzas» podemos imaginar que mostraría un atavío semejante al que visten hoy día los de la Virgen de los Reyes o de las Aguas del Salvador de Sevilla, o incluso los seises de la Catedral.

Si la Virgen del Rosario contaba en fecha tan temprana como 1642 con este nutrido ajuar, ello demuestra que la devoción ya se hallaba entonces plenamente consolidada. El culto rosariano en el Burguillos del siglo XVII, ampliamente asentado en la devoción popular, se cimentaba en el fuerte impulso y apoyo de su Hermandad, cuya actividad en pro de la devoción se rastrea en las escrituras notariales del momento.

Así sabemos que por escritura notarial del 7 de enero de 16467, Manuel Fonseca, vecino de Burguillos, daba poderes judiciales a Francisco Carvajal y al «Mayordomo que adelante fuere de la dicha cofradía del Rosario» para que pudiesen cobrar del Contador Juan Guillén de las Casas, vecino de Sevilla, ciertas cantidades a cuenta de la guarda de unas yeguas y vacas desde el día de San Miguel (29 de septiembre) de 1644 hasta el 1 de mayo de 1645.

Como personas jurídicas que son, las cofradías también aparecen en estos documentos notariales ejerciendo, a lo largo de la historia, una amplia gama de actividades, tanto relativas a su patrimonio – encargos de obras de arte, compraventa y arrendamiento de bienes, traspasos, etc. – como a su vida corporativa – otorgamiento de poderes judiciales, pleitos, relaciones con las autoridades civiles y eclesiásticas – , pero también como beneficiarias de las últimas voluntades de cofrades y devotos, que a la hora de la muerte no dudan en favorecer con mandas pías y legados a las imágenes de su devoción.

En efecto, la intensa religiosidad de los siglos pasados hacía que a la hora de testar se concediese más importancia a lo espiritual que a la transmisión de bienes. Por ello en las cláusulas del testamento hay una parte de tipo religioso, en la que el otorgante hace su profesión de fe, declarando su creencia en los dogmas de la Iglesia y encargando un determinado número de misas – que variará según sus posibilidades económicas – con las que alcanzar la salvación eterna, cuya seguridad suele afianzarse estipulando la entrega de una serie de limosnas y mandas para los templos, imágenes y cofradías de su devoción. Al mismo tiempo el testador dispone los preparativos de su entierro, señalando el templo en el que desea ser enterrado, el hábito religioso con el que desea ser amortajado – preferentemente el franciscano, dada la popularidad de la Orden de San Francisco – , y el acompañamiento de su cadáver por un cortejo fúnebre en el que junto a la clerecía local podían figurar miembros de la cofradía a la que había pertenecido portando el estandarte de la corporación.

La sola mención en estas cláusulas testamentarias de nuestros templos, imágenes y cofradías adquiere un interesante valor no sólo como documento histórico al arrojarnos fechas y datos sobre tal o cual advocación, sino también como un índice con el que poder seguir la evolución de la religiosidad popular a través del tiempo, con sus altibajos y vicisitudes: los primeros pasos de nuestras cofradías, su consolidación en la vida local, la construcción de nuestros templos, donativos a nuestras imágenes, etc., arrojándonos de este modo luz sobre la historia de nuestro patrimonio, tanto el existente como el desaparecido, del que en este último caso las citas en la documentación son su único recuerdo.

En el caso de Burguillos, la devoción a Nuestra Señora del Rosario se encuentra plenamente consolidada en el siglo XVII, como lo demuestra las frecuentes mandas pías y legados contenidas en los testamentos de los vecinos de nuestro pueblo8. Aunque la documentación adolece de algunas lagunas para algunos años de dicha centuria como las décadas comprendidas entre 1660 y 1680, las escrituras que se han conservado demuestran que nuestros antepasados a la hora de la muerte no olvidaban a nuestra Patrona, teniéndola como segura valedora en el tránsito a la Eternidad. Tales dádivas podían adoptar varias fórmulas, como el encargo de misas ante el altar de la Virgen, el enterramiento cerca del mismo altar o la limosna para la Hermandad.

La primera fórmula, las misas ante el altar de la Virgen del Rosario en sufragio por el alma del testador, muestra especial interés al documentar la presencia en el templo de la imagen de la Patrona de Burguillos. Así, Gregorio Domínguez, estipula en su testamento del 3 de febrero de 1646 «un novenario de misas rezadas en el altar de Nuestra Señora del Rosario con su doble responso como es costumbre». Y el 12 de septiembre del mismo año Inés Rodríguez ordena en su declaración de última voluntad la celebración de dos misas rezadas «en el altar de la Virgen del Rosario de la dicha iglesia por mi ánima». Cuatro misas manda Alonso Martínez el 3 de agosto de 1649. Una misa solicitan Juana Pérez el 14 de octubre de 1652 y Francisco Martín Oliveros el 27 de enero de 1654. Más generosa, Laureana de la Cruz fija el 8 de octubre de 1654 la celebración de diez misas rezadas. Al año siguiente de 1655, Esteban Hernández pide cuatro misas en su testamento del 26 de abril. Y al final del siglo, el 9 de abril de 1699, Cristóbal de Aguilar demanda tres misas.

La segunda fórmula consiste en estipular el enterramiento del finado cerca del altar de la Virgen. Este es el caso de Francisco Hernández Santa María, quien el 10 de marzo de 1652 expresa que «mi cuerpo sea sepultado en la iglesia de San Cristóbal de esta villa en una sepultura que tengo por bajo del escaño que está junto al altar de la Virgen del Rosario».

En cuanto a la tercera modalidad, la de las limosnas para la Hermandad, es igualmente frecuente y cuenta con el interés de que en ocasiones el donante revela su condición de hermano de la cofradía, con lo que podemos aproximarnos al conocimiento de la misma en esta época no sólo a través de la nómina de los hermanos que la componían – como es el caso de Alonso Martínez, que así lo declaraba el 3 de enero de 1655 – sino también contemplando los medios económicos para su mantenimiento. Esto último se advierte especialmente cuando el testador lega bienes, tanto en metálico como en especie, o bien se halla implicado en relaciones de arrendamiento o compraventa de productos agrícolas propiedad de la Hermandad, lo que no tiene nada de extraño en un medio rural como el nuestro, donde tanto la Iglesia como las instituciones a ella vinculadas se mantenían de un patrimonio tanto urbano – especialmente casas sobre las que gravaban rentas y tributos – como rústico, de cuya producción se mantenían. Para nuestro caso, tenemos noticia de como Antonio Martín Mancha, en su testamento fechado el 27 de diciembre de 1655, declaraba que tenía en su poder «nueve fanegas de trigo de la cofradía de la Madre de Dios del Rosario, porque aunque se cogiere once fanegas, las dos de ella se sembraron, y de las nueve dichas se pagó una de renta a Alonso Gutiérrez, con que tengo en mi poder ocho fanegas de trigo». En otra de las cláusulas añade que otro vecino de Burguillos, Damián Ramírez, «mandó a la dicha cofradía de la Virgen del Rosario mucha fanega de trigo, el cual no ha dado», por lo que pedía que se le cobrare dicha deuda. Seguidamente continúa declarando que las dos fanegas que él habían sembrado estaban junto a otras cuarenta de su propiedad, estipulando que cuando se recogiese la cosecha se le diese «a la dicha cofradía libres lo que tocare, sin costarle cosa alguna, porque así es mi voluntad». En cuanto al trigo propiedad de la Hermandad, declara que lo vendió al precio de catorce reales la fanega, «porque es menester para comprar cera para la dicha cofradía». Finalmente, manda siete reales y medio a la Hermandad en concepto de limosna para una misa a la hora de su muerte.

Otros fieles aportan limosnas en metálico, como Esteban Hernández el 26 de abril de 1655, que legaba seis reales «a las cofradías de esta dicha villa que se sirvan en la iglesia parroquial de ella, que son cuatro», a saber, la Hermandad Sacramental, la de Animas, Nuestra Señora del Rosario y Vera – Cruz. Ya en la recta final del siglo, el 27 de noviembre de 1696 Francisca Domínguez de Fuentes envía cuatro reales a la Hermandad del Rosario, cantidad que desciende a uno en el caso de Francisco de Ortega el 8 de marzo de 1697 y a dos en el de Cristóbal de Aguilar el 9 de abril de 1699.

Por el informe de la Visita Pastoral celebrada a la localidad en noviembre de 1681 por el Doctor Don Pedro Castaños Galindo, Visitador del Arzobispado9, sabemos que la imagen de la Señora se encontraba en un retablo colateral en el muro izquierdo de la única nave que entonces tenía la parroquia de San Cristóbal. Como el templo no fue ampliado hasta las obras acometidas en el siglo XVIII, época en la que se levantó la nave del Sagrario con la actual capilla – terminada en 1783 – donde veneramos a nuestra Patrona, queda explicada la ubicación de la imagen a fines del Seiscientos en el sitio aproximado que hoy ocupa el altar de Ánimas10.

En definitiva, a través de estas muestras documentales se adelantan las fechas que hasta ahora conocíamos sobre la devoción a Nuestra Señora del Rosario. Pero la trascendencia de los datos no se quedan aquí. Si hoy se vincula el fenómeno devocional rosariano a las predicaciones y misiones llevadas a cabo por los dominicos, que cobraron especial intensidad en la segunda mitad del siglo XVII, dando lugar a la expansión y auge de la devoción en el siglo XVIII, ahora estamos en condiciones de afirmar que Burguillos se adelantó al fenómeno devocional, precediendo a la tarea misional de la Orden de Predicadores. De ahí que con estos aportes documentales no sólo se consigue mayor precisión en la cronología de nuestra sagrada imagen de la Santísima Virgen del Rosario, sino que también su Hermandad se convierte en una de las más antiguas de la Diócesis y en temprana abanderada de la devoción al Santo Rosario, que evidentemente goza de una tradición de siglos en la historia de nuestro pueblo.

EL SIGLO XVIII: ENTRE EL ESPLENDOR Y LA CRISIS

Algo más abundantes son las noticias que sobre la Hermandad de Nuestra Señora del Rosario en el siglo XVIII nos siguen proporcionando los informes de las Visitas Pastorales. Con el objetivo del mejor control de la vida eclesiástica y la administración de los bienes temporales de la Iglesia, el Concilio de Trento hizo obligatoria la práctica de la Visita Pastoral, consistente en la inspección del territorio diocesano por medio de unos funcionarios eclesiásticos, designados al efecto, los Visitadores. Al llegar a la parroquia, el Visitador no sólo inspeccionaba la fábrica material del templo – estado de conservación y limpieza de altares, ornamentos sagrados, etc. – , sino que también tomaba las cuentas a las hermandades y cofradías allí establecidas, al tiempo que pedía informes sobre las prácticas piadosas, costumbres y nivel de moralidad de los fieles. Para el caso del Arzobispado de Sevilla, estos informes se escalonan entre los siglos XVII y XIX, constituyendo una valiosa fuente no sólo para el conocimiento de la vida religiosa en épocas pasadas, sino para el estudio de la historia local por la variedad de aspectos complementarios que se recogen en estos informes.

Abre el siglo la Visita Pastoral celebrada en Burguillos en octubre de 1709, en la que se revisaron las cuentas de la Hermandad del Rosario entre 1706 y 1708, presentadas por su Mayordomo Francisco Gómez11. Las fuentes de ingresos de la corporación consistían en limosnas, que se invertían en la celebración de tres festividades litúrgicas marianas: Purificación de María (2 de febrero), Asunción de la Virgen (15 de agosto) y la de la titular, Nuestra Señora del Rosario (7 de octubre), «con sus sermones y toda solemnidad», tal como lo certificaba el Notario Contador Luís Sáenz Ibáñez. Como las Reglas no habían sido todavía aprobadas por la autoridad eclesiástica, el Visitador dejó ordenado que se presentasen ante el Provisor para su ratificación.

Años más tarde la Hermandad debió sufrir un pequeño bache que parece provocó su momentánea extinción. En el informe de la Visita de 1715 se precisa que la Hermandad no tenía rentas ni hermanos, por lo cual «una devota mujer se dedica a pedir para encender la lámpara del altar de la Titular, como también para la del Santo Cristo». Todas las noches se rezaba en la Parroquia el Santo Rosario, siendo costeada la cera de sus velas por el Párroco12.

Ya a mediados del siglo, el informe de la Visita Pastoral de 1740, último que nos facilita datos sobre la Hermandad, revela que la crisis se ha superado. Como certificaba el Notario Contador Manuel Esteban Juárez el 13 de octubre de dicho año13, los ingresos consistían anualmente en 214 reales y 22 maravedís, de los cuales 105 procedían del arrendamiento de unas cabras y los 109 y 22 maravedís restantes de las limosnas que se recogían y las cuotas de los hermanos que ingresaban en la cofradía. En contrapartida, los gastos derivaban de la solemne fiesta de la Titular el primer domingo del mes de octubre, pago del impuesto del subsidio eclesiástico, cera y otros conceptos.

La documentación del Archivo de la Hermandad14 nos permite descender a interesantes detalles sobre el funcionamiento de la corporación en el Setecientos, especialmente en lo relativo a los aspectos económicos y las celebraciones de culto.

El organigrama de gobierno de la cofradía estaba integrado por un Alcalde, que desempeñaba análogas funciones que un Hermano Mayor de nuestro tiempo; un Mayordomo, Prioste, Escribano o Secretario y varios Diputados. La elección de tales cargos se hacía mediante lista abierta, es decir, eligiéndose los cargos uno por uno. Dentro de estos cargos, el de Mayordomo gozaba de especial relevancia dado su papel de administrador de los bienes de la Hermandad y por ende garante de la estabilidad económica de la corporación. De la gestión del Mayordomo dependía, por tanto, la permanencia de la vida corporativa.

En ese sentido, conocemos pocos datos sobre cuales eran las fuentes de financiación de la hermandad, la cuantía de los ingresos y la distribución de los gastos, aunque no debió diferir demasiado de la tipología que se advierte en otras hermandades de un medio rural como el que nos ocupa. De esta forma es lógico pensar que la mayoría de los ingresos procediesen de la actividad agropecuaria, en virtud de la posesión por parte de la hermandad de algunas tierras y cabezas de ganado, con cuyas rentas se costease el culto a la Titular, centrado especialmente en la celebración de tres festividades marianas repartidas a lo largo de calendario litúrgico: Purificación de la Virgen (2 de febrero), Asunción (15 de agosto) y la propia de Nuestra Señora del Rosario en octubre, como se constata plenamente a lo largo del siglo XVIII.

Un interesante testimonio documental que resulta muy ilustrativo sobre el funcionamiento interno de la Hermandad de Nuestra Señora del Rosario en el plano económico en los años iniciales del siglo XVIII lo constituye el testamento de Juan Martín Maya, otorgado en Burguillos el 28 de junio de 170215 . En una de sus cláusulas declara su condición de «mayordomo de la cofradía de Nuestra Señora del Rosario», para seguidamente exponer ante el escribano las deudas que quedaban pendientes de cobro por parte de la Hermandad, con la intención de que constasen por escrito a fin de que su sucesor en el cargo las liquidase, saneando de este modo la economía de la corporación. En primer lugar expone que la carne de «un toro que recibió y aplicó a Nuestra Señora» fue vendida por un importe total de 300 reales, y la piel de la res en 45 reales. De esta cantidad había que descontar 30 reales que el propio mayordomo había puesto de su bolsillo para comprar el toro. Tras esto añade que igualmente de su hacienda había abonado al cura 26 reales de vellón de derechos parroquiales y costeado el sermón en el día de la Virgen del Rosario. De esta manera, al ajustar la diferencia entre el importe de la carne del toro y las partidas de gastos, «lo demás restó a Nuestra Señora, porque de la demanda que pide ha hecho las demás fiestas y comprado la cera». Como vemos, las limosnas obtenidas en la «demanda» o bandeja petitoria constituía otra de las vías de ingresos, permitiendo costear las demás festividades marianas (Purificación y Asunción, como líneas atrás señalamos) y la cera, constituyendo esta última un importante capítulo del apartado de gastos.

La importancia de la ganadería como fuente de ingresos se refuerza con la siguiente cláusula del testamento del mayordomo Juan Martín Maya, cuando señala que otro novillo «que se murió a Nuestra Señora del Rosario se hizo de su carne ciento y treinta reales de vellón». Esta carne se vendió a varios vecinos del pueblo, según constaba en la lista que tenía en su poder Bartolomé Camacho, alcalde (hermano mayor en nuestros tiempos) de la hermandad. De estos vecinos, el mayordomo exponía que sólo le habían pagado el Señor Cura y José Caballos, Cristóbal de Aguilar, Alonso de Aguilar, Diego Daza y Bartolomé de Valdemoro. Y al igual que sucedió con la res anterior, la piel del novillo fue vendida por 55 reales de vellón, cantidad insuficiente para liquidar el importe de los 80 reales que el mayordomo había abonado a cuenta de la festividad de la Purificación de la Virgen y las otras dos «fiestas» o celebraciones marianas del año anterior, «a cincuenta y seis reales de vellón cada una, con los derechos y limosnas del sermón». Como era frecuente en la época, dada la irregularidad de los ingresos de estas corporaciones piadosas, el propio mayordomo se constituía en garante de los pagos, abonándolos con sus propios bienes y convirtiéndose de este modo en “acreedor” de la hermandad, que resultaba así “alcanzada” o con déficit, según la terminología de la época, dependiendo de la generosidad del primero el que se perdonase o no la deuda a la corporación.

Continuando con su deseo de liquidar las cuentas desde el lecho de muerte, el mayordomo estipulaba que «se vea el libro de entierros y por él se reconozca la persona que es hermano de esta cofradía». La razón de esta precaución estribaba en que en aquellos siglos las hermandades costeaban el entierro de sus miembros, anotando los gastos del sepelio, misas, cera, etc., no sólo en el libro de cuentas de la hermandad, sino en el de entierros de la Parroquia, consignándose en las partidas de defunción quién corrió con los gastos de los sufragios por el difunto y la condición de éste como miembro de la hermandad. De ahí esta prevención para evitar fraudes y por ende gastos innecesarios, aunque como apunta Juan Martín, podía costearse el entierro a pobres de solemnidad, pero en contrapartida tendría que hacerse cargo el propio mayordomo del gasto de los funerales de aquellas personas «que no fueren hermanos y se hubieran enterrado con el paño de dicha cofradía», dato que revela la devoción despertada por Nuestra Señora del Rosario y manifestada en la práctica de cubrir el féretro con el paño fúnebre de la Hermandad. Precisamente un vecino del pueblo, Agustín Recio, debía a la hermandad 22 reales «del paño y cera», seguramente utilizado para el entierro de algún familiar suyo, y otros 4 reales de «la carne del novillo de Nuestra Señora», a lo que se añade la misma cantidad por la «saca» o cosecha de un pegujal que quizás sería propiedad de la hermandad, la cual arrendaría este terreno al citado individuo.

Siguiendo con esta insistencia en el cobro de deudas pendientes, en otra de las cláusulas de su testamento el mayordomo vuelve a recordar la importancia de la carne de vacuno como fuente de ingresos de la hermandad. Así aclara que «todas las personas que no están puestas por pago en la copia o lista de la carne del toro de Nuestra Señora me han pagado», ordenando que se cobre a los morosos, «porque lo están debiendo y restando». Otra res, en este caso un buey, era arrendado por un periodo de un año, produciendo en el anterior de 1701 una renta de 66 reales, aunque para el de 1702 estaba arrendado a Don José de Quirós, señor jurisdiccional de la villa, en precio de 116 reales. Finalmente, este improvisado estado de cuentas concluye con el capítulo de gastos del año en cuestión, centrado en la celebración de las tres consabidas festividades de la Purificación, Asunción y Rosario, la primera al precio de 82 reales y las dos restantes al de 52 reales, cantidades invertidas en el pago de la asistencia del clero, ya que según confiesa el mayordomo, del producto «de la demanda ordinaria» o bandeja petitoria había adquirido la cera necesaria para dichos cultos.

Estos ingresos en especie se completaban con las limosnas aportadas por los devotos y las cuotas de ingreso de los hermanos, que a mediados del Setecientos estaba fijada en 4 reales.

El capítulo de gastos se centraba especialmente en el apartado de los cultos. Junto a las ya citadas festividades marianas, eventualmente se celebraban otras, como sucedió en 1733 cuando la Hermandad organizó la llamada «fiesta del Simpecado», en la que se obtuvieron 18 reales de beneficios, destinados a la adquisición de un nuevo Simpecado.

A lo largo de esta centuria la Hermandad de Nuestra Señora del Rosario fue, como vemos, completando su patrimonio con la adquisición de diversas piezas para el culto y ornato de la Titular, enseres que se guardaban en un arca grande de madera de castaño cerrada con llave. Los inventarios dieciochescos nos hablan de las andas procesionales «con cuatro varas plateadas y cielo y caídas negras» que se utilizaba para la salida de la Virgen del Rosario, ataviada como Dolorosa, en el Viernes Santo. Un inventario de 1740 menciona un «manto de laberinto negro» para la Virgen, cuya imagen lucía corona, cetro y media luna de plata. Por su parte, la efigie del Niño se ornaba con zapatos, corona, cascabelera y bolsa de plata, y rosario de oro al cuello. Como piezas para el culto se cita un cáliz y «escudo de Soledad», lo que refleja que la corporación tenía ajuares diferenciados para los cultos de gloria y de penitencia. Importante papel jugaba el Rosario público por las calles de Burguillos, acto de culto para el que se contaba con ocho faroles de mano con sus correspondientes varas, iluminando el Simpecado de terciopelo carmesí «con cruz, sol, luna y galón de plata».

En definitiva, a través de estas pinceladas documentales podemos contemplar el conocimiento de la historia de la devoción a Nuestra Señora del Rosario, plenamente consolidada en Burguillos en los siglos XVII y XVIII y felizmente floreciente en nuestros días.


1 DE LA CAMPA CARMONA, Ramón – RUBIO PASTOR, José Joaquín: “El Rosario de Nuestra Señora: orígenes, fiesta, iconografía, hermandades y 172 representaciones“, en Tabor y Calvario n º 17 (1991).

2 ROMERO MENSAQUE, Carlos José: “ La conformación popular del universo religioso: los rosarios públicos y sus Hermandades en Sevilla durante el siglo XVIII “, en Religión y Cultura, vol. I. Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía – Fundación Machado, Sevilla, 1999.

3 ARCHIVO GENERAL DEL ARZOBISPADO DE SEVILLA (A.G.A.S.), Fondo Catedral, sección II (Mesa Capitular), serie Subsidio y Excusado: libro 00936 (1552 – 1554), folio sin numerar; libro 00937 A (1558), folio sin numerar; libro 00937 B (1567 – 1568), folio sin numerar; libro 00938 (1569), folio sin numerar; libro 00939 (1570); libro 00940 (1571); libro 00941 (1575 – 1577), folio sin numerar; libro 00942 (1576), folio 13 recto; libro 00943 (1577 – 1579), folio sin numerar; libro 00944 (1578 – 1580), folio sin numerar; libro 00945 (1579 – 1582), folio 67 recto; libro 00946 (1579), folio sin numerar; libro 00947 (1580), folio 12 recto; libro 00949 (1581 – 1584), folio 155 recto; libro 00950 (1584), folio 18 recto y vuelto; libro 00956 (1591 – 1593), folio 181 vuelto; libro 00965 (1597 – 1599), folio sin numerar; libro 00967 (1600 – 1602), folio 43 recto; libro 00968 (1603 – 1606), folio 63 recto; libro 00977 (1611 – 1614), folio 65 recto; libro 00980 (1615 – 1618), folio 65 recto; libro 00981 (1623 – 1626), folio 65 recto; libro 00982 (1627 – 1630), folio 70 recto; libro 00983 (1631 – 1634), folio 65 vuelto; libro 00986 (1635 – 1638), folio sin numerar; libro 00987 (1639 – 1642), folio 69 vuelto; libro 00988 (1643 – 1646), folio 69 vuelto; libro 00990 (1647 – 1650), folio 70 recto; libro 00991 (1650 – 1653), folio 71 vuelto; libro 00992 (1654 – 1657), folio 69 recto; libro 00994 (1662 – 1665), folio 69 recto; libro 00995 (1666 – 1670), folio 72 recto; libro 00996 (1671 – 1674), folio 67 vuelto; libro 00997 (1675 – 1677), folio 70 vuelto; libro 00998 (1679 – 1682), folio 69 vuelto; libro 00999 (1683 – 1686), folio 70 vuelto; libro 01001 (1687 – 1690), folio 70 vuelto; libro 01002 (1691 – 1694), folio sin numerar; libro 01003 (1695 – 1698), folio 94 recto; libro 01004 (1699 – 1702), folio 91 vuelto; libro 01005 (1703 – 1706), folio 81 vuelto; libro 01006 (1707 – 1710), folio 81 vuelto; libro 01007 (1712 – 1715), folio 79 vuelto; libro 01008 (1720 – 1723), folio 77 recto; libro 01009 (1746 – 1760), folio 94 recto; libro 01010 (1730 – 1735), folio 79 vuelto.

4 ARCHIVO HISTORICO PROVINCIAL DE SEVILLA (A.H.P.S.), sección Protocolos Notariales, legajo 3250 PB (1636 – 1655). Folio sin numerar.

5 SANZ SERRANO, María Jesús: “ Las imágenes vestidas de la Virgen durante el Barroco “, en V. V. A. A.: Pedro de Mena y su época. Málaga, 1990. Pág. 466.

6 Ibídem, pág. 472.

7 A.H.P.S., sección Protocolos Notariales, legajo 3250 PB (1636 – 1655). Folio sin numerar.

8 A.H.P.S., sección Protocolos Notariales, legajos 3250 PB y 3255 PB.

9 A.G.A.S., Fondo Arzobispado, sección II (Gobierno), serie Visitas Pastorales, legajo 1443, ramo 2, folio sin numerar.

10 VELAZQUEZ GALLEGO, Joaquín: “ Sabías que … “, en Boletín de la Devota y Fervorosa Hermandad de Nuestra Señora del Rosario, Patrona de Burguillos n º 2 (septiembre – octubre de 1996), pág. 10.

11 A.G.A.S., Fondo Arzobispado, sección II (Gobierno), serie Visitas Pastorales, libro 1342, folio sin numerar.

12 A.G.A.S., Fondo Arzobispado, sección II (Gobierno), serie Visitas Pastorales, libro 1357, folio 20 recto y vuelto.

13 A.G.A.S., Fondo Arzobispado, sección II (Gobierno), serie Visitas Pastorales, libro 1385, folio sin numerar.

14 ARCHIVO DE LA HERMANDAD DE NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO DE BURGUILLOS: Libro de cuentas, actas, inventarios y hermanos (1710 – 1863).

15 A.H.P.S., sección Protocolos Notariales, legajo 3255 PB (1696 – 1716).

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